
La RFEBM explica que con esta amnistía "quedan anuladas todas las sanciones disciplinarias impuestas por faltas infringidas hasta el día de la fecha (6 de octubre de 2010) y que actualmente se encuentran pendientes de cumplimiento, recogidas en los Reglamentos de Partidos y Competiciones y de Régimen Disciplinario" de la federación, "calificadas como faltas leves, tanto a jugadores, entrenadores, auxiliares, directivos, oficiales de equipo y árbitros".
la RFEB explica que no se acogen a esta amnistía "aquellas sanciones económicas o indemnizaciones acordadas por incurrir en las faltas establecidas en dichos reglamentos, las deudas por arbitrajes y las sanciones disciplinarias impuestas por infracciones graves y/o agresión", que "deberán cumplirse en todos sus términos".
Los términos de esa amnistía, agrega la federación, "sólo alcanzan a los acuerdos del Comité Nacional de Competición de esta RFEBM.
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